lunes, 12 de junio de 2017

Derecho de asilo copa el 60% de petición internados en el CIE (1/3)

Javier Ramajo



En el CIE de Algeciras durante los dos últimos años

Según la normativa nacional e internacional, la mera solicitud para ser refugiado debe paralizar los procedimientos de expulsión y devolución sobre personas situación documental irregular. De las 152 quejas, peticiones o sugerencias interpuestas en 2015 y 2016 por parte de los inmigrantes internados, 89 se referían a solicitud de protección internacional. "¿Cómo es posible que, si el internamiento es para llevar a cabo una expulsión, se esté internando a personas que no van a poder ser expulsadas?", se pregunta Maribel Mora, de Unidos Podemos 

Pese a que el Gobierno español defiende que el objetivo de la privación de libertad en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de inmigrantes en situación documental irregular es la expulsión, muchos de ellos son encerrados hasta un máximo de dos meses para nada (el 70% no son deportados) y otros muchos quizás no debieron ser internados al ser susceptibles de ser solicitantes de asilo. Según una respuesta del Ejecutivo a una pregunta escrita de la senadora andaluza Maribel Mora (Unidos Podemos), de las 152 quejas, peticiones o sugerencias interpuestas en 2015 y 2016 por parte de los inmigrantes internados en el CIE de Algeciras, 89 de ellas se referían a solicitud de protección internacional.

La Ley 12/2009 Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria en España reconoce la condición de refugiado a toda aquella persona que tenga un temor fundado a ser perseguida en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual. Es decir, un 58,55% de las peticiones de los internados en el CIE de Algeciras solitaron que se iniciara un trámite en ese sentido.

Vimos hace apenas tres meses cómo un juzgado de Málaga encerraba en el CIE de Tarifa a 20 solicitantes de asilo, desoyendo la recomendación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), que advirtió de que la decisión de internar a los solicitantes "no iría en línea" con la mencionada Ley de Asilo. De hecho, días después fueron liberadas al admitirse a trámite sus solicitudes de protección internacional. Este periódico ya informó que el 70% de quienes pasaron por los CIE de España no fueron deportados.

La privación de libertad a personas solicitantes de asilo podría estar vulnerando derechos fundamentales y contraviniendo acuerdos internacionales en materia de derecho internacional humanitario, establecidos por ejemplo en el artículo 18. 1 de la citada ley, referido a la suspensión de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectar al solicitante, ni tampoco con el espíritu del artículo 33.1 de la Convención de Ginebra de 1951.

Precisamente este mismo viernes, el coordinador del equipo jurídico de Andalucía Acoge, José Luis Rodríguez Candela, hacía mención en Twitter a otra decisión judicial, también en Málaga, que decreta el internamiento de inmigrantes sin atender a su condición.