miércoles, 14 de diciembre de 2016

Constitución Española de 1978, del Artículo 19 sobre la residencia

Kontuz
Encima me quemaron el ordenador, ¡serán cabrones! (Foto 'Debelare Abogados')

El Artículo 19 de la vigente Constitución Española de 1978, promulgada al amparo de las presiones de grupos políticos, económicos y de algunos representantes indirectos de terroristas de toda laya, establece que los españoles podrán “Fijar su residencia, sin ningún tipo de trabas, en todo el territorio nacional”.

El Artículo 327-A establece una excepción al Artículo 19; “Siempre y cuando no decidan lo contrario los partidos políticos PP y PSOE, quienes podrán exigir un cambio de residencia, siempre que lo hagan de consuno, y a través de sicarios homologados al efecto”.

El Artículo 327-A/2 exige que la actuación contemplada en el Artículo 327-A se realice como medida preventiva ante la pérdida de cargos institucionales de miembros de los dos partidos citados.

El Artículo 327-B admite la condición de diáspora de grupos de españoles y obligado cambio de residencia, siempre que se realice con armas de disuasión de calibre suficiente, que será ponderado por ley orgánica promulgada al efecto por el Congreso de Diputados.

El Artículo 329-D admite el derecho de retracto y tanteo para aquellos españoles obligados a cambiar de residencia en la forma que establecen las leyes, es decir, mandando a su casa, y en su defecto a casa del psiquiatra, a quienes hayan utilizado el Artículo 327-A, lo cual se hará a través de las urnas; corriendo los gastos de psiquiatría o de digestivo por cuenta de los políticos afectados y/o sus familiares y amigos. 

En la próxima reforma de la CE se planteará la exigencia de que sean cuatro los partidos

PS - En Manzanares de la Mancha (de tinta negra en la camisa azul) ya se exige que sean cinco los partidos que obren de común acuerdo; se trata de un pueblo innovador donde los haya, de hecho, los monolitos de aquellos fallecidos por imprudencia o falta de prevención medioambiental, incluidas las placas correspondientes, se instalan en melonares, campos de cebada o parcelas de residuos de los polígonos industriales.

En el último Pleno se escuchó de boca de un edil: ¡Refugiados de entrada no! Algún vecino entendió: ¡De salida sí!

PS - Si le destrozaron el ordenador serían del PP ¿no? aunque el "327-A" exige el acuerdo de ambos partidos.