martes, 17 de enero de 2023

Los argumentos jurídicos de peso ¡Nunca llegaron! al estrado Penal

 MLFA - Macroproceso para cerrar "Azuer Digital", diario comarcal de mayor audiencia en la provincia de Ciudad Real entre 2013 y 2015. (5.630.000 visitas).

Juzgados de Ciudad Real

Una vez cumplimentada la denuncia ante la propia organización colegial, el ICACR, y a la espera de realizar el seguimiento de la misma a lo largo de los próximos meses, hoy, entre vapores etílicos y burbujas de cava que implosionan en mi cerebro, quiero exponer las razones por las que aducimos 'mala praxis' profesional por parte de los abogados de pago que nos representaron entre 2014 y 2018.

No consideramos ético ni oportuno, en esta fase inicial, identificar a los dos abogados que me ¿defendieron?

Vivimos 5 años en la más absoluta esquizofrenia procesal; estos eran, en esquema, los planteamientos de la defensa:

El director de un medio de comunicación no puede ser procesado 'penalmente' por injurias y/o calumnias procedentes de sus redactores, aunque estos resulten ser anónimos. 

Los querellantes deberían acudir a la 'Vía Civil'; en la 'Vía Penal' el director del medio resultaría absuelto. El resultado final ha sido la 'Vía Crucis', solo apta para personas muy fajadas, como un servidor, modestia aparte. 

Internet permite, según los usos y costumbres establecidos en la Red, la publicación de los comentarios anónimos; y estos no comprometen 'penalmente' al director o editor del diario digital en cuestión.

La expresión "adúltera" no hacía referencia a la querellante; se trataba de una redactora no identificada, cuya relación adulterina era pública y reconocida por la interesada. Los abogados lo tenían claro... ¡No hicieron aclaración alguna! y en la sentencia aparece como 'injuriada' la querellante, que no solo no era una adúltera, sino reconocida 'beata' en su localidad.

La publicación de comunicados oficiales de la DGGC (Dirección General de la Guardia Civil) es legal; aparecen en su Web oficial. Citar parte de sus comunicados de prensa es, asimismo, perfectamente legal.

La publicación de edictos de embargo que afectan al querellante es perfectamente legal. Con especificación de su identidad y circunstancias, tal y como aparece en el propio edicto en el tablón de anuncios.

Anunciar un embargo oficial es lícito; y de interés social cuando afecta a medio centenar de trabajadores. Así como publicar la cuantía de la deuda y el nombre de los acreedores que instan el embargo.

Una de las querellantes era un cargo político: concejal de equipo de gobierno municipal manchego.

Uno de los querellantes salía habitualmente en prensa, radio y TV, por el escándalo que supuso la quiebra de su empresa, y por sus devaneos sociales.

Las tres querellas resultarían absolutorias; por las razones esgrimidas en este bosquejo de 'procesal', y porque 'no existían injurias' en los comentarios anónimos publicados por "Azuer Digital".

A ambos abogados se les llenaba la boca (fuera del estrado) con apelaciones a la defensa de la libertad de expresión.

Esto es lo que argumentaba el abogado principal en su despacho; en el estrado: ¡Callaba como un muerto!

Audiencia Provincial y Catedral. Ciudad Real.

Ante nuestra exigencia de responsabilidades en el estrado; mantenía que las tres querellas (que culminaron con nuestra sugerencia de renuncia en Enero de 2019) resultarían 'absolutorias'.

Supo de la 'conspiración de altísimo nivel' una vez dentro del macroproceso y se puso de perfil en el estrado
¿Será capaz ICACR de depurar responsabilidades ante tamaña dejación de responsabilidades de 2 colegiados?