viernes, 21 de enero de 2022

La defensa alega que no hubo daños graves por los vertidos tóxicos

Belén Rodriguez - 20/01/2022
LANZA Ciudad Real

Aunque la mascarilla le sirve de embozo, por imperativo legal anticovid, el de la izquierda es Manuel Martín Gaitero, el responsable de MA que el día de San Isidro de 2014 declaró ante sus conmilitones del PP: "Estamos segando la hierba bajo los pies del director de Azuer Digital", así lo declaró un arquitecto del PP que responde al apelativo de TEO. Lo hemos visto envejecido; fue reprobado en el Pleno de la Corporación de Manzanares y abandonó la política con deshonor. Hoy se sienta en el banquillo de los acusados con petición de penas de privación de libertad y vive el oprobio social y profesional. (Nota de "Azuer Digital").
(Fotografía cortesía de Clara Manzano)

El juicio por los vertidos industriales al Azuer de la depuradora Manzanares-Membrilla, visto para sentencia tras tres sesiones en lo Penal

Los abogados de los 7 alcaldes, concejales y bodegas juzgados por el delito ecológico en Ciudad Real esgrimen la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial en un caso similar del Ayuntamiento de Argamasilla de Calatrava. La fiscalía mantiene la solicitud de 2 años y medio de cárcel y 2 años de inhabilitación para todos “por su inacción”. El juicio por los vertidos contaminantes al río Azuer, procedentes según el Seprona y la Confederación del Guadiana, de la industria vinícola de Manzanares y Membrilla en las campañas 2013 y 2014, se ha cerrado este jueves con un encendido alegato de las defensas: “No hay daños graves ni pruebas que lo demuestren”, ha remarcado Jesús Velascoín, defensor del exalcalde y exconcejal de Medio Ambiente de Manzanares, Antonio López de la Manzanara y Manuel Martín-Gaitero.

Velascoín, como el resto de las siete defensas (siete acusados más los ayuntamientos de Manzanares y Membrilla como responsables subsidiarios), ha esgrimido la sentencia absolutoria de la sección primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en un caso muy similar del Ayuntamiento de Argamasilla de Calatrava, en el que se absolvió a la alcaldesa y a los concejales imputados porque no se pudo acreditar el daño grave al medio natural, para pedir lo mismo para los acusados en este caso, en el que se ha habido sanción administrativa antes que penal.

Esfuerzos «que los ayuntamientos no pueden hacer»

“La ley de Aguas dice que deberían haber parado el procedimiento sancionador hasta que se dilucidara la responsabilidad penal”, ha argumentado. “Se pide a los ayuntamientos unos esfuerzos que no está en su mano hacer, han hecho lo que podían, en el caso de Martín-Gaitero además se implicó personalmente”.

La defensa del alcalde de Membrilla, contra Acciona

José González, el abogado del alcalde de Membrilla Manuel Borja (PP), en el cargo en la actualidad, ha hecho más hincapié en la “actitud negligente de Acciona”, la empresa que gestionaba la depuradora en esa época, y que según esta defensa no informó lo suficiente de los problemas con la depuración ni de la avería en octubre de 2013 al Ayuntamiento de Membrilla y sus responsables, «Acciona omitió información”.

Esta parte también ha insistido en que Membrilla “hizo lo que pudo”, para impedir que la cooperativa Galán de Membrilla vertiera aguas sin depurar al colector general; que se enteraron tarde de los problemas y que no se les informó de alternativas, “las medidas no vienen descritas en ningún sitio”.

«No hubo voluntad de causar daño al medio natural»

Otro argumento de las defensas ha sido la ausencia de dolo en el caso, “no hubo voluntad de causar un daño al medio natural”. El abogado de Borja y la concejala de Medio Ambiente, en esos años (que según han explicado hoy no tenía ninguna responsabilidad en esa área porque la asumió el alcalde), ha cuestionado que se indemnice, en caso de condena, a la Junta de Comunidades con unos 70.000 euros como perjudicada, como recoge el escrito de la fiscalía, “¿perjudicados de qué?”, ha alegado González.

Las bodegas insisten: no se ha probado que fueran ellas

Los abogados de las tres bodegas imputadas por delito contra los recursos naturales, la cooperativa Jesús del Perdón-Yuntero, bodegas Don Quijote y Galán de Membrilla, han centrado sus intervenciones en qué no se ha demostrado que fuera su actividad y no la de “las otras 200 empresas de Manzanares”. la que provocara los vertidos contaminantes. “No se nos ha dicho ni cuánto hemos vertido ni en qué medida hemos contribuido al deterioro ambiental”.

«Se incorporaron aguas industriales sin depurar»

El fiscal del caso, Carlos G. Santorum adscrito a la sección territorial de la fiscalía en Manzanares, ha elevado a definitivas sus conclusiones provisionales porque cree que en las tres intensas sesiones del juicio se ha demostrado tanto en otoño de 2013 como en otoño de 2014, coincidiendo con dos campañas de vendimia muy excepcionales, “se incorporaron aguas industriales sin depurar a la red de saneamiento de las poblaciones de Manzanares y Membrilla”.

2 años y medio de cárcel para cada uno de los siete acusados

La fiscalía mantiene la petición de 2 años y medio de cárcel para los siete acusados, además de dos años de inhabilitación para cargo público y actividad industrial en el caso de los administradores de las bodegas, y los considera responsables de un delito ambiental “abstracto” por su “inacción”. “Se produjo una inacción de las bodegas y los ayuntamientos”, ha remarcado.

La fiscalía entiende que ni los ayuntamientos ni las bodegas acusadas, las únicas que no tenían depuradora operativa en esas fechas, vertieron aguas sin tratar a la depuradora, “sin hacer lo suficiente”, pese a que habían sido advertidos, “no se aseguraron de que no hubiera vertidos”.

El fiscal también ha tirado de jurisprudencia en casos parecidos del Tribunal Supremo y juzgados de otras provincias en los que se condenó a resposnables municipales por vertidos.

Daños: se rompió el ecosistema acuático de las Tablas

En cuando a los daños, por los que el Ayuntamiento de Manzanares ya ha pagado una sanción administrativa de 140.000 euros, los considera suficientemente importantes por la “ruptura del ecosistema acuático del parque nacional de las Tablas de Daimiel”, como para pedir una indemnización de 70.986 euros que deben abonar solidariamente los siete acusados, en caso de ser declarados culpables, y subsidiariamente los ayuntamientos de Manzanares y Membrilla.

La sentencia la dictará la jueza titular del juzgado de lo Penal 1 de Ciudad Real Antonia López-Manzanares en las próximas semanas. Las partes podrán recurrir el caso ante la Audiencia de Ciudad Real si no quedan satisfechas del fallo.