domingo, 20 de noviembre de 2022

La aplicación de las penas que resulten 'más beneficiosas' al penado

 Luz de Gas - Magistrada de Instrucción en activo. Especialista en Derecho Penal. Actualizado el 21/11/2022 a las 08:30 horas.

Estación de RENFE de Manzanares (CR); ahí dieron comienzo el 15/07/1975 las obras de tendido de cable de comunicaciones Manzanares, Espeluy, Casetas. MLFA contrató 100 hombres durante el período entre 1975 y 1978.

El espíritu de nuestras leyes se condensa en un aserto fundamental: "Se deberá aplicar la pena más beneficiosa para el reo", de no mediar circunstancias agravantes

La sorprendente enfermedad que sufre desde el jueves el editor de "Azuer Diario", con posible ingreso hospitalario a lo largo de la mañana de este domingo ventoso, me brinda la oportunidad de poner negro sobre blanco algunas reflexiones sobre la aplicación de las penas; estas deben ser "las más beneficiosas para el reo", y no creo que desconozcan mi tesis (que es la suya) mis compañeros y compañeras de los Penales 1 y 3 de Ciudad Real.

Se suspenden las penas de TBC y PPL a MLFA siempre que cumpla requisitos draconianos: ¡Que deje de escribir! y que esté a la disposición de ambos juzgados durante los próximos 7 años: ¡Muerte civil!

Ítem más; los mismos juzgados que, tras una década de investigación, han decretado la 'insolvencia' de MLFA, repito: ha sido investigado por cinco juzgados a lo largo de 10 años (sin obviar nuestra sospecha sobre la presunta investigación sobre MLFA y su familia, llevada a cabo por funcionario de alto rango de la Administración del Estado vinculado al macroproceso); los mismos jueces le piden que, reconociendo su insolvencia, busque el dinero correspondiente a las RC 'de debajo de las piedras', con la sutil frase: "Haga un esfuerzo por obtener la friolera de 40.000 €". Disponemos de un delito: 'la insolvencia punible' que se aplicaría si encontráramos efectivo o bienes de MLFA debajo de las piedras, o en las Islas Caimán.

En el Penal 1 de CR (Ejecutoria 527/2019): se le suspende una pena de 180 días de PPL (Pena Privativa de libertad); que, como todos los profesionales del Derecho sabemos, se cumpliría en un 'módulo de respeto' durante dos meses y, normalmente, por un delito de 'injurias', accedería al '3er. Grado' durante los siguientes cuatro meses. El penado ingresaría en prisión con 75 años y, dada su experiencia como instructor de internos en cárceles catalanas, podría resultar útil en la cárcel de Botafuegos de Algeciras.

Al cabo de 180 días, cumplida la pena, no tendría que estar a disposición del juez del P-1 y podría escribir

En el Penal 3 de CR (Ejecutoria 171/2020): se le suspende una pena de 165 días de TBC (Trabajos en Beneficio de la Comunidad); que, como todos sabemos, hasta puede ser enriquecedora, para un hombre que ha hecho del 'voluntariado' una forma de vida. Por normativa penitenciaria cumpliría 109 días, aunque, conociendo a MLFA, si el trabajo comunitario es digno (y no lo ponen en la fotocopiadora como tengo yo a un TBC en mi juzgado), nuestro editor seguiría hasta terminar el programa concertado con los de tratamiento de penas y medidas alternativas a la prisión.

¿A quién beneficia la sutileza de "pedir al penado que haga un esfuerzo" para pagar las RC? Recordemos que una de las magistradas reconoció que era muy amiga de la esposa del letrado que actúa en las dos querellas; la noche anterior al juicio esta magistrada solicitó de su 'sustituta' que se hiciera cargo del juicio; no pudo ser porque esta declaró ser muy amiga del querellante, se suspendió el juicio y la AP ordenó que siguiera actuando la magistrada 'amiga'. Aquella suspensión demostró la honradez moral y profesional de ambas magistradas. Ahora bien, a nadie se le escapa que los querellantes han tenido 'acceso' a las magistradas, sin que ello signifique ninguna acusación de mi parte, ni mucho menos, si bien constato que MLFA no ha tenido acceso a magistrado o secretario alguno a lo largo de una década. ¿O es que abogados, querellantes y magistradas 'congelaron' su amistad durante 10 años? Y lo más grave; el ínclito abogado principal de pago estuvo de acuerdo con la Audiencia. En los dos juicios todos los actores eran amigos y residentes en Ciudad Real, menos el acusado: un vasco peligroso perteneciente a la iglesia progresista y social. El hombre que denunció pederastia en el Seminario y expolio de palacios. TS-2022.

¡Ojo al dato! En la ejecutoria se habla de las "relaciones sociales y familiares" del penado; al no ser incumbencia de la magistrada, ¿Quién le ha hablado de esas relaciones? No me negarán que MLFA ha podido ser investigado más allá de lo permisible por ley. Algo huele mal, muy mal.

Al cabo de 165 días, cumplida la pena, no tendría que estar a disposición del juez del P-3 y podría viajar

No quiero terminar este atropellado artículo sin hacer mención a una sospecha que recorre los mentideros jurídicos de Ciudad Real; se trataría de 'silenciar' a un hombre prodigioso; capaz de escribir y/o corregir 11.000 artículos en 10 años, y de publicar 40.000 fotografías excepcionales, siempre con autorización de los autores de las mismas, o bien citándolos en los pies de foto.


<Le suspendemos las condenas; le advertimos del riesgo de volver a cometer delitos de injurias; lo ponemos a nuestra disposición, para que tenga que informarnos de viajes y cambios de domicilio; la clásica política del 'amordazamiento' del mensajero>, todo un clásico en nuestra Justicia del siglo XIX, que no del XXI. ¡Ah! y pague 40.000 € en cómodas mensualidades de 500 . Aquí se han juzgado, con presunto ensañamiento, injurias que no procedían del director del medio, y resulta que este señor es insolvente; y resulta que las multas oscilan entre 3.200 y 4.320 euros, y las indemnizaciones de 10.000 € y 12.000 €, por comentarios del tipo 'vaca gorda', y resulta que las costas son de abogado de película USA; y al final: el cuento de la lechera al estilo de los del 'famoseo' de la TV basura; al final se ha roto el cántaro. Sentencias millonarias contra un pensionista que ha delinquido por omisión, que no por acción. Y un Rajoy 'sobrecogedor' (como dice MLFA) decidió en 2015: ¡El que no pague irá derecho al trullo! Pues ya está; MLFA ha solicitado a los juzgados y a la Audiencia Provincial ingresar en prisión ¡Ya! Es un 'viejo', ¿esperan a que le dé un 'yu-yu' grave y lo ingresemos en silla de ruedas? Imagino que habrá rampa en la entrada a Botafuegos. ¿Se puede criticar a un penado que solicita le sean aplicadas las dos condenas con premura por razón de edad y antigüedad del proceso? Sin ignorar que ha resultado absuelto de todos los delitos de 'calumnias' y 'amenazas'. ¿Saben mis compañeros cuántos millones de pesetas son 40.000 €? Porque MLFA cuenta en pesetas, con estos 'viejos' ya se sabe. Pues son 6.700.000 pts. ¿Hablamos de un Código Penal Rajoyano punitivo o sanguinario? Y salta a la vista que el editor del grupo "Azuer" no callará, no lo ha hecho en estos diez años y ahora, de hecho, está informando sobre sus abogados de pago y de oficio y adelantando medidas a tomar. Les requiere una carta de disculpas por mala praxis jurídica y la devolución íntegra del dinero entregado en calidad de 'Provisión de Fondos' por negligencia. 

En el ínterin, tendremos a MLFA otro año más, serán 11, metido en pleitos: Los tengas y los ganes (Camborio)
(MLFA ha sido condenado por haber permitido la publicación de comentarios anónimos vejatorios)

Audiencia Provincial de Ciudad Real; el día 15/12/22 vista del recurso del P3, del recurso del P1 ha desistido MLFA por ser una pérdida de tiempo.

¿Qué va a ocurrir en esa especie de 'vistilla' del fiscal en la Audiencia prevista para el día 15 de diciembre? Pues eso; que se ratificará la suspensión de la pena. MLFA no podrá cumplir con los pagos y tampoco podrán retenerle más cantidades en la pensión (inembargables) y de ello se ocupará el ISM (Instituto Social de la Marina) que vela porque se respeten los topes de inembargabilidad previstos en la ley, y MLFA, si Dios lo quiere, tendrá 76 años. ¿Por qué? porque los 'no cobrantes' denunciarán (están en su derecho) el impago de las RC y pedirán el embargo de sus 'no-bienes', habrá que tirar de RPS y vuelta a empezar, como el pasodoble. Esta es, queridos lectores, la justicia que estamos administrando en España, y lo hacemos en nombre de una monarquía corrupta. ¡Mal vamos y peor acabaremos! Abogados amigos están (ya) muy pendientes del desenlace y actuarán en consecuencia, con inmediatez. Las dos ejecutorias dan por probado que no existen bienes ni efectivo a embargar.

Centro Penitenciario 'Botafuegos' en Algeciras (Cádiz).

Al no cumplir con los pagos le será levantada la suspensión de la pena en ambos juzgados y cumplirá la RPS en forma de 'Trabajos Comunitarios' la del Penal 3, y la de 'Ingreso en prisión', del Penal 1. Eso sí, como ya he dicho, con 76 años y virus por todas partes y al acecho. Todos los días se inician procedimientos con hombres hechos y derechos, y sanos, y al cabo de 10 años los vemos entrar al juzgado en silla de ruedas.

Soy consciente: me jubilaré en el seno de una Justicia obsoleta y retrógrada, recuerdo mi San Raimundo de P.

La ley es taxativa: decretada la insolvencia se aplicará la RPS (Responsabilidad Personal Subsidiaria); la suspensión de la pena conlleva, en este caso, estar a disposición del juez (controlados todos sus movimientos) durante 7 años (3 del P3 y 4 del P1) y los profanos no saben lo que significa eso; es una forma de muerte civil. Supone una 'autocensura'; porque si llamas gorda a una 'gorda mórbida' te metemos en la trena, y con la reforma del CP de Rajoy 2015, busca el dinero como sea, por ejemplo; que me lo pida a mí, algo así como: "Ya sabemos que eres insolvente pero pide dinero a tus familiares y amigos". En fin; hoy es un mal día por el brutal efecto de la vacuna de la gripe y neumonía sobre MLFA. El penado ha solicitado cumplir las dos penas cuanto antes por edad provecta; está en su derecho, y una vez cumplidas no tener que estar a disposición de ningún juez: Condenado + Insolvencia = RPS. Y si alguien, alguno de mis compañeros, está buscando otras vías, se acerca peligrosamente al abismo de la prevaricación.

El tema judicial está zanjado aunque MLFA deba esperar un año más: ¡Justicia lenta no es Justicia!
(Aunque la lentitud beneficie a abogados y procuradores, urge reformar la Justicia: ¡No lo veremos!)