lunes, 8 de junio de 2020

¿Por qué 'prevaricación' en vez de unos errores y abusos judiciales?

Luz de Gas
Magistrado

Grabado en madera para MLFA de un colaborador de Bermeo (Vizcaya)

No denunciar la violación de derechos de MLFA en el proceso nos condujo a forzar la renuncia de los abogados y a demandar a dos jueces por prevaricación 

Si bien la Justicia no se “suplica” sino que debe “exigirse”, una gran mayoría de Abogados, para no enemistarse con los Jueces, no se atreven a exigir en los tribunales los derechos fundamentales de sus clientes, y mucho menos pedir su reparación si se han vulnerado los mismos. Y no denunciar las violaciones de los derechos fundamentales de nuestros clientes, tan pronto estas se produzcan en el proceso judicial, nos acarrea la fatal consecuencia de no poder acudir en su día al Tribunal Constitucional, ni lo que es aún más importante, al Tribunal de Estrasburgo o al Comité de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra. Los jueces solo son Jueces cuando la integridad preside sus actuaciones. En el año 2013 escribió uno de ellos – Juan Carlos da Silva Ochoa. Revista Aranzadi Nº 9, 2013 - "que no habrá reforma verdadera del sistema judicial mientras se siga olvidando atender a los valores humanos del Juez: honradez, humildad, exquisitez de trato, predilección por la verdad, imparcialidad". 

La magistrado reconoció en el estrado "que era amiga de la esposa del abogado querellante"

La Sentencia del Tribunal Constitucional número 231/2001, de 9 de diciembre y también la STC 229/2003, de 18 de diciembre, considera la recusación el remedio procesal idóneo: “para garantizar el derecho a un juez imparcial, desplazando del conocimiento del proceso a aquellos Jueces o Magistrados cuya imparcialidad suscite recelos”. Como ocurre en el macroproceso contra MLFA, que ya denunció la presunta 'conspiración' ante el Fiscal Jefe de Ciudad Real.

La magistrado reconoció en el estrado "que su 'sustituta' era amiga del propio querellante"

Hay que tener en cuenta a aquellos justiciables que se sienten perjudicados por el mal funcionamiento – o tardanza - de la Justicia. Creemos firmemente que la Justicia, con todos los componentes humanos que la conforman, están al servicio de todos los ciudadanos, por ello, los juzgados y tribunales tienen la obligación de ofrecer a los justiciables – así como a abogados y procuradores - que acude a ellos, todas las garantías, eficacias, cortesías, normas elementales de educación y respeto, porque, en definitiva los jueces están consagrados al servicio de los ciudadanos, en igualdad de condiciones y garantías. Y sin embargo, en muchas ocasiones comprobamos que existen jueces y tribunales que de “servidores de la Ley han pasado a ser sus amos”. Luis Bertelli – Jueces a juicio”. 

La Ley Orgánica del Poder Judicial distingue: 

Error judicial: como consecuencia de la adopción de resoluciones judiciales no ajustadas a Derecho, ya sea por la incorrecta aplicación de la norma jurídica o por la valoración equivocada de los hechos u omisión de los elementos de prueba que resulten esenciales. Tal y como acaba de ocurrir hace una semana; la juez rectificó en un auto la sentencia firme del 'Caso El Cruce'; ahora esperamos otra 'rectificación', la de su propio auto, que ha causado un escándalo judicial en la sede calatrava.

Funcionamiento anormal de la Administración de Justicia: como consecuencia del funcionamiento irregular de los servicios judiciales que constituyen la estructura de la Administración de Justicia. Por ejemplo, el caso de las dilaciones indebidas en la tramitación del proceso judicial. 

Controlaremos el blog durante la estancia de MLFA en Albacete para apud acta en el TSJ-CLM