viernes, 15 de julio de 2022

Carles Puigdemont y sus tres consejeros "no van a ser extraditados"

 MLFA - Analista del 'Procés' en Catalunya, Bélgica y Alemania (2017-2022). Asesor de GENCAT (1998-2003) en temas de Pesca y Asuntos Marítimos (UE).

Los políticos catalanes exiliados: Clara Ponsatí, Lluis Puig, Carles Puigdemont y Toni Comín, acompañados de Meritxell Serret.

Me reservo la opción de que puedan ser extraditados por el presunto delito de 'malversación' y res més

Existe un precedente demoledor para el juez Llarena; la justicia belga denegó la extradición de Lluis Puig por 'malversación'. Ahora, a raíz de la decisión del Abogado General favorable a la extradición de Puigdemont, Ponsatí y Comín, Llarena planea dictar una nueva 'euroorden' contra Lluis Puig. En un baile infernal de euroórdenes que deja en mal lugar a la justicia española. En Europa W no existe la figura del 'juez de la horca', es por ello que ha llamado la atención el dictamen del Abogado General de la UE del TJUE (Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea), Richard de la Tour.

El 'calentón' del abogado general ante el 'TJUE' deberá tener eco en la justicia belga, algo muy improbable

En los otros tres casos: Puigdemont, Ponsatí y Comín, (hoy quiero dejar aparte los casos de Rovira de ECR y Gabriel de la CUP, al tratarse de supuestos diferentes), las euroórdenes de Llarena: difusas, contradictorias y propias de un estudiante de cuarto curso de Derecho en uno de sus primeros casos prácticos, no han sido tenidas en cuenta por Bélgica. En el caso de Carles Puigdemont; Alemania admitió la extradición a España 'única y exclusivamente' por el presunto delito de 'malversación'.

En Bélgica y Alemania no están tipificados los delitos de 'sedición' y 'rebelión', solo el 'alzamiento armado'

Veamos el escenario al que nos enfrentamos; el dictamen del AG-UE no es vinculante, si bien los miembros del TJUE (vagos de suyo y ajenos a circunstancias sobrevenidas) suelen hacer caso al AG-UE porque es quien se lo ha 'currado'; algo parecido a lo que ocurre en España con los 'recursos de apelación', al considerar las audiencias que quien tiene más elementos de juicio es el juez de lo penal).


La justicia belga recibe el dictamen del TJUE favorable a la extradición; (entremos en este jardín, hipotéticamente hablando), ahora les toca definir; ya que la 'euroorden', por sí misma no es suficiente, los delitos que motivan la extradición y, sobre todo, si estos tienen encaje en la legislación penal belga. En el caso de Puigdemont, como he dicho más arriba, Alemania accedió a la extradición por presunto delito de 'malversación'; el juez Llarena la rechazó, él quería 'sangre', lo quería por 'rebelión', a fin de que Marchena y los suyos le 'calzaran' (expresión típica de Mauricio Casals) 25 años de cárcel.

Ahí es donde no veo 'encaje' posible, salvo que estimen la 'malversación', rechazada en el caso de Puig