Políticos del PP y PSOE, presidentes del TS y TC, no existe separación de poderes... ¡en la fotografía! Todos ellos están encantados de conocerse |
Un presidente del Consejo General del Poder Judicial que considera que un juez de instrucción puede con su conducta en el ejercicio de la función jurisdiccional cambiar la HISTORIA de España, está poniendo de manifiesto una concepción de la función jurisdiccional que no tiene cabida en la Constitución. El Español publicó el pasado domingo la carta dirigida el viernes 2 de noviembre por el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, al juez de instrucción titular del juzgado nº 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, que falleció este lunes.
En dicha carta, Carlos Lesmes recordaba que Ramírez Sunyer fue ingeniero antes que juez y que fue con 44 años cuando decidió dar un cambio a su vida y transitar del ejercicio de la ingeniería al de la función jurisdiccional, teniendo que realizar el enorme esfuerzo personal que tal tránsito comporta. A continuación añadía: “Pero tú decidiste cambiar el rumbo de tu propia historia y, al hacerlo, cambiaste el de la Historia (la mayúscula está en la carta) de nuestro país”.
Me imagino que el presidente del Consejo General del Poder Judicial pretendía elogiar con esa frase la trayectoria personal y profesional del juez Ramírez Sunyer. Pero, en mi opinión, ha conseguido todo lo contrario.
Ningún juez de instrucción puede, en el ejercicio de la función jurisdiccional, cambiar la historia de España. Es completamente imposible que pueda hacerlo. Si lo hace o si cree que puede hacerlo, es porque está haciendo algo distinto a lo que constitucional y legalmente está obligado a hacer.
Obviamente el juez Ramírez Sunyer no es responsable de que el presidente del Consejo General del Poder Judicial se haya dirigido a él en estos términos, levantando sospechas sobre el ejercicio por su parte de la función instructora que ha tenido que desempeñar. En cualquier caso, no ha podido defenderse de la imputación, que estoy seguro que jamás pasó por su cabeza.
Quiero decir con ello que, con su carta, Carlos Lesmes no descalifica al juez instructor de Barcelona, pero sí se descalifica a sí mismo. ¿Cómo puede el presidente del órgano de gobierno del Poder Judicial pensar que la trayectoria personal de un juez de instrucción puede cambiar la HISTORIA de España? ¿Qué es lo que ha podido querer decir al vincular el cambio de rumbo de la historia (en minúscula) personal del juez Ramírez Sunyer con el cambio de la Historia (en mayúscula) del país? ¿En qué momento se ha producido esa vinculación entre el cambio en la historia personal del juez y el cambio en la Historia del país? ¿En qué actos del juez se ha expresado dicha vinculación?
Ninguno de estos interrogantes tiene una respuesta que quepa en el ejercicio de la función jurisdiccional, o lo que es lo mismo, ninguno puede tener una respuesta jurídica. Con base en la Constitución, en la Ley Orgánica del Poder Judicial o en la Ley de Enjuiciamiento Criminal es imposible justificar las palabras que el presidente del Consejo General del Poder Judicial dirige al juez instructor de Barcelona unos días antes de su fallecimiento.
En el Congreso de los Diputados se debería exigir la comparecencia del presidente del Consejo General del Poder Judicial y que diera una explicación de qué ha querido decir al expresarse sobre la trayectoria del juez Ramírez Sunyer de la forma en que lo ha hecho. ¿Escribía en términos jurídicos o en términos políticos? La justicia no solamente hay que hacerla, sino que parecer que se hace. Y con afirmaciones como la que figura en la carta de Carlos Lesmes surgen dudas de que así sea. Un presidente del Consejo General del Poder Judicial que considera que un juez de instrucción puede con su conducta en el ejercicio de la función jurisdiccional cambiar la HISTORIA de España, está poniendo de manifiesto una concepción de la función jurisdiccional que no tiene cabida en la Constitución de un Estado social y democrático de Derecho digno de tal nombre.