El compromiso entre el principio de unidad política del Estado y el derecho a la autonomía de las “nacionalidades y regiones” que integran España fue el compromiso más decisivo de todos los que se alcanzaron en 1978. Deberíamos haber aprendido que el 155 no solamente no contribuye a resolver ningún problema, sino que hace más difícil encontrar una respuesta para todos. Pero no lo hemos hecho. Apenas levantada la aplicación del 155 y constituido el Govern de la Generalitat con la presidencia de Quim Torra, Ciudadanos y el PP han iniciado una competición por ver quién es más exigente en solicitar la aplicación de nuevo de dicho artículo. La tabarra del 155 nos ha acompañado durante todo el verano y parece que quiere seguirnos acompañando desde el inicio del curso político.
Albert Rivera y Pablo Casado parecen empeñados en convertir la excepción en norma. O se ejerce el derecho a la autonomía por las autoridades de Catalunya en los términos en que nosotros consideramos que tiene que ser ejercido o exigimos la aplicación del artículo 155 para conseguirlo. Para Catalunya la Constitución territorial es la Constitución a cuya interpretación dan su conformidad Ciudadanos y el PP. De no ser así, la Constitución territorial se reduce al 155. Este es el pensamiento de ambos líderes sobre la Constitución Territorial.
El pensamiento no puede ser más corrosivo. El 155 está pensado para que no se tenga que hacer uso del mismo nunca. Es lo que ha ocurrido con el artículo equivalente de la Ley Fundamental de Bonn. Esta era la interpretación prácticamente unánime de la doctrina española respecto de dicho artículo. En todo caso, nunca se pensó por nadie que hacer uso de manera habitual del artículo 155 podía ser compatible con la vigencia de la Constitución de manera estable e indefinida.
El compromiso entre el principio de unidad política del Estado y el derecho a la autonomía de las “nacionalidades y regiones” que integran España fue el compromiso más decisivo de todos los que se alcanzaron en el proceso constituyente de 1978. Así fue reconocido expresamente por los portavoces de todos los grupos parlamentarios en la sesión de 5 de mayo de 1978 en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados en la que se inició el debate constituyente propiamente dicho.
Si ese compromiso no se puede mantener operativo de manera normalizada, nos encontramos ante una crisis que formalmente es una crisis parcial, pero que materialmente es una crisis total. Pues se trata de una crisis que afecta a uno de los dos pilares en que descansa el edificio constitucional, pero sin el cual tampoco puede mantenerse en pie el otro. El primero es el compromiso que supuso la definición de España como un Estado social y democrático de Derecho. El segundo es el relativo a la unidad del Estado con reconocimiento del derecho a la autonomía. La Transición española fue una transición doble: de la Dictadura a la Democracia y del Estado centralista y unitario al Estado políticamente descentralizado. El Estado unitario y centralista no podía ser la forma de Estado de la Democracia española. En esto hubo un acuerdo prácticamente unánime. Únicamente la mitad de los diputados de Alianza Popular no participaron de ese consenso. Para todos los demás grupos parlamentarios era indiscutible.
Democracia y Estado de las Autonomías eran indisociables para los constituyentes españoles de 1978. No habría descentralización política sin democracia, pero tampoco podría construirse una democracia sin incluir la descentralización política, sin el ejercicio real y efectivo del derecho a la autonomía.
Esta inequívoca vinculación constituyente entre Democracia y Autonomía es incompatible con el recurso de manera habitual del 155. Dicho recurso es la negación en la práctica de dicha vinculación y, por tanto, una negación de la fórmula de gobierno en su integridad tal como acabó siendo formulada en la Constitución y desarrollada posteriormente mediante la legislación orgánica a través de la cual se desarrolló el Estado social y democrático de derecho y de los Pactos Autonómicos a través de los cuales se construyó el Estado de las Autonomías.
El recurso habitual al 155 no es una manera de proteger la Constitución, sino de destruirla. Lo que están haciendo Albert Rivera y Pablo Casado con su tabarra del 155 es conectar directamente con la mitad de los parlamentarios del Grupo Parlamentario de AP que votaron en contra de la Constitución en 1978. Y que lo hicieron en buena medida por el reconocimiento del derecho a la autonomía de las “nacionalidades y regiones”. Nadie debe llamarse a engaño.